jueves, 30 de junio de 2011

OBSERVATORIO DE LA IMAGEN DE LAS MUJERES


El Observatorio de la Imagen de las Mujeres (OIM), en sus inicios el Observatorio de la Publicidad Sexista, se creó en 1994 para dar cumplimiento de los compromisos legales, tanto europeos como nacionales, de fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres.

Se gestiona desde el Instituto de la Mujer y su objeto es analizar la representación de las mujeres en la publicidad y en los medios de comunicación, ver cuáles son los roles más significativos que se les atribuyen y, en el caso de que éstos sean sexistas, realizar acciones que contribuyan a suprimir las imágenes estereotipadas.

¿Qué hace?

Para cumplir sus objetivos el OIM tiene encomendadas las siguientes funciones

• Recogida de las quejas ciudadanas y seguimiento de oficio de los contenidos considerados sexistas.

• Análisis y clasificación de los contenidos detectados o denunciados con el fin de obtener una visión del tratamiento actual de la imagen de las mujeres en la publicidad y los medios de comunicación.

• Actuación frente a los emisores de los mensajes discriminatorios, solicitando la modificación o retirada de las campañas más estereotipadas o denigrantes para las mujeres, o requiriéndoles un cambio de línea en sus acciones futuras.

• Difusión de la información obtenida con el fin de continuar fomentando el rechazo social al tratamiento discriminatorio a través de la comunicación mediática .

• Participación en actividades de formación y sensibilización sobre la influencia que el tratamiento discriminatorio en los medios y la publicidad tiene en la desigualdad.

Quejas contenidos sexistas
La colaboración ciudadana es importante para el trabajo de seguimiento y análisis del Observatorio de la Imagen de las Mujeres, y contribuye a poner de manifiesto el rechazo social al tratamiento discriminatorio hacia las mujeres a través de los medios de comunicación y la publicidad.
Puedes presentar tus quejas sobre contenidos publicitarios o de los medios de comunicación que consideres que son sexistas o incluyen imágenes estereotipadas de las mujeres.
Para ello, necesitamos que nos facilites una descripción lo más detallada posible del contenido denunciado y, si es factible, una imagen del mismo. Puedes hacerlo a tráves de correo electrónico (directamente o ayudándote del formulario adjunto), o por fax, correo postal o teléfono, a los siguientes números y direcciones:

Correo electrónico: observatorioimagen@inmujer.es
Teléfono: 900 19 10 10
Fax: 91 363 79 98
Correo Postal: C/ Condesa de Venadito, 34. 28027-Madrid
Formulario de queja: http://www.inmujer.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fmsword&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DFormulario_denuncia.doc&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1244655291106&ssbinary=true

LAS EMPLEADAS DEL HOGAR COTIZARAN, TENDRAN DERECHO A BAJA LABORAL Y COBRARAN A TRAVES DE DOMICILIACION BANCARIA

Con la integración de las empleadas de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2012, prácticamente se concluye el mandato del Pacto de Toledo de integración de los distintos regímenes existentes en el Régimen General y en el Régimen de Autónomos, después de que se hayan integrado las y los profesionales de la agricultura por cuenta propia en el Régimen de autónomos y esté en trámite su inclusión en el Régimen General.


La integración de las empleadas de hogar en el Régimen General supone una equiparación de derechos y deberes con las restantes personas trabajadoras. Quienes trabajen como empleadas de hogar, al ser dadas de alta en Seguridad Social, deben tener un contrato en el que como mínimo se estipule: número de horas de trabajo semanales; salario mensual o por hora; salario en especie; si existe o no pacto de horas de presencia y su retribución; si existe o no pacto de pernoctación y su retribución, y el número de cuenta bancaria del titular del hogar familiar donde domiciliar la cotización.

En caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día la incapacidad temporal corre a cargo de la Seguridad Social, las personas empleadoras pagarán desde el cuarto día hasta el noveno. Actualmente la Seguridad Social paga la incapacidad Temporal de las empleadas de hogar a partir del día 25. El cambio normativo entrará en vigor el 1 de enero de 2012 y se da un plazo de seis meses naturales para que las empleadas y las personas titulares de hogares familiares (denominación que reciben quienes contratan este servicio) puedan adaptarse a la nueva situación con lo que la integración será plena a partir del 1 de julio de 2012. Se establece un periodo transitorio hasta 2019 para que la adaptación no sea lesiva para las y los empleadores ni tenga consecuencias sobre el empleo.

Las personas titulares de hogares familiares están obligadas a presentar las solicitudes de afiliación, altas y bajas y las variaciones de datos. Cuando la persona titular del hogar incumpla esta obligación, las personas empleadas de hogar podrán solicitar su afiliación y/o alta en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando se trabaje para más de una persona empleadora, cada una deberá solicitar el alta.

CCOO considera que profesionalizar y dignificar la prestación laboral que llevan a cabo las personas trabajadoras domésticas a través del incremento de su protección social se hacía “imprescindible” no solo para dar solución al problema del elevado nivel de economía sumergida existente en este sector, sino principalmente para resolver un problema “de desprotección y de discriminación” tanto laboral como en materia de protección social que viene sufriendo este colectivo desde hace años. Comisiones estima que las medidas beneficiarán a más de 700.000 personas.

jueves, 16 de junio de 2011

BASES: I PREMIO DE INVESTIGACION EN IGUALDAD DE GENERO "CIUDAD DE LA CERAMICA"

EXPOSICION VIRTUAL: "LA MUJER TOLEDANA EN IMAGENES"

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO

El Ayuntamiento de Navahermosa ha publicado dos Bandos Municipales informando de la convocatoria de varios puestos de empleo.



SOCORRISTAS:
- Se requiere que las personas interesadas sean mayores de 18 años, y deberán poseer la titulación adecuada.
- Se valorará que los/as solicitantes estén empadronados/as en la localidad.
- Las solicitudes se podrán presentar en horario de oficina hasta las 14:00 h. del día 20 de Junio´11.


MONITORES/AS DE LUDOTECA:
Las solicitudes se presentarán hasta el día 21 de Junio´11
Se requiere:
- Titulación o estar cursando estudios de Magisterio (Educación Infantil).
- Técnicas en educación infantil.
                   Se valorará:
- Cursos de monitor/a de ludotecas y relacionados.
- Estar empadronados/as en el municipio.
 PARA MAS INFORMACION:

CALENDARIO DE ACTIVIDADES